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Responsabilidad Social en Salud: Una práctica esencial

Arq. Gabriela Perelló

Por su carácter voluntario, podemos reconocer a la Responsabilidad Social (RS) como un “modo de ser” de las organizaciones en su funcionamiento, involucrándose en aspectos asociados con sus empleados, la sociedad y el medio ambiente. Aparece aquí un concepto muy importante: el de la ética, en su debate para que las empresas en general asuman esta responsabilidad; pero más allá de ello, interesante es asociar la RS en salud a la calidad, en busca de los mayores beneficios posibles de la atención médica con el menor riesgo para el paciente. Más allá entonces de su debate ético, podemos reconocer además a la RS como una importante estrategia en busca de la calidad en la prestación de servicios de salud a partir del desarrollo de aspectos culturales y ambientales, que podrían gestionarse por medio de normas y procedimientos, medirse por medio de indicadores y evaluarse por medio de estándares.

El término de RS inicialmente tiene su ámbito de aplicación en las empresas, dado el interés de éstas de contribuir de forma activa y voluntaria a mejorar la condición social, económica y ambiental de su entorno, en relación a la sostenibilidad (el crecimiento económico no puede ser sostenible a largo plazo a expensas del medio ambiente); siendo abordado con mayor intensidad durante las dos últimas décadas del Siglo XX (Terán Rosero y otros, 2017). Previo a ello, pueden identificarse dos etapas cronológicas respecto a la RS. La primera fue denominada ¨narcisista¨, sólo con la intención de obtener beneficios económicos y cumplir con el pago de impuestos; la segunda denominada ¨filantrópica¨, con la aparición de fundaciones y organizaciones sin fines de lucro realizando actos de caridad (Minaverry y Gally 2013). Y nos encontramos hoy transitando una tercera etapa con su origen de discusión del Informe Brundtland (1987) y su llamado de atención basado en el concepto de desarrollo sostenible

Desde la década de los noventa el debate bioético comienza a virar lentamente para incorporar el estudio de los problemas sociales y ambientales, considerados en su conjunto como condicionantes básicos de la salud (Bergel, 2016), así el concepto moderno de la salud incorpora las dimensiones sociales y ambientales. Tomando ya identidad el término de RS en salud, encontramos su tratamiento en 2005 en el artículo 14 de la “Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos” de la UNESCO, el que incluye entre los principios de la bioética al de la “Responsabilidad Social y Salud”, fomentando:

  1. A) el acceso a una atención médica de calidad y a los medicamentos esenciales;
  2. B) el acceso a una alimentación y un agua adecuadas;
  3. C) la mejora de las condiciones de vida y del medio ambiente;
  4. D) la supresión de la marginación y exclusión de personas por cualquier motivo; y
  5. E) la reducción de la pobreza y el analfabetismo.

Sin embargo, resulta importante diferenciar el ámbito de aplicación de las prácticas de RS en establecimientos públicos, privados o de obras sociales, para determinar el alcance de las mismas. Considerando que entre los tres subsistemas pueda existir una colaboración hacia un fin común.

En relación a la temática, hasta hace poco existía como única norma internacional la SA 8.000 (publicada en 1999 y actualizada 2004 y 2008) y en 2010 se publica la ISO26.000. Ambas son voluntarias, dictadas por organismos no gubernamentales, aplicables al ámbito público y privado, y evalúan integralmente el desempeño de la organización. La norma SA 8.000, fue creada por la SAI (Social Accountability International) y diseñada en base a un sistema de normas ya establecidas como la ISO 9001 (gestión de calidad) y la ISO14001 (gestión ambiental). Tiene como objetivo principal lograr una calidad óptima de las condiciones laborales en todo tipo de organización. La norma ISO26000, comparte algunos aspectos con la SA 8.000 pero además cubre los tres aspectos del desarrollo sostenible, el ambiental, social y económico, estableciendo siete principios que deben ser adoptados para contribuir al desarrollo sostenible:

  1. Rendición de cuentas
  2. Transparencia
  3. Comportamiento ético
  4. Respeto a los intereses de las partes interesadas
  5. Respeto al principio de legalidad
  6. Respeto a la normativa internacional de comportamiento
  7. Respeto a los derechos humanos

En Argentina, por otra parte, existen escasas normas jurídicas obligatorias, lo que denota que no se han receptado todos los conceptos fundamentales de las mencionadas normas voluntarias (Minaverry-Gally, 2013). Pueden mencionarse las Leyes n° 24.127 (Premio Nac. de la calidad), n° 25.855 (Voluntariado social), y el art. 25 de la n° 25.877 (Balance social). La Ley 24.127, en su art. 1 declara de interés nacional el mejoramiento de la calidad en la producción de bienes y servicios; y en su art. 2 establece como objetivo la promoción, desarrollo y difusión de los procesos y sistemas destinados al mejoramiento continuo de la calidad en los productos y servicios del sector empresario y de la administración pública, apoyando la modernización y la competitividad. La Ley 25.855, tiene como fin promover el voluntariado social, instrumento de la participación solidaria de los ciudadanos en el seno de la comunidad, en actividades sin fines de lucro; y regular las relaciones entre los voluntarios sociales y las organizaciones donde desarrollan sus actividades. Por último, la Ley 25.877, en su art. 25 establece que las empresas que ocupen a más de trescientos trabajadores deberán elaborar, anualmente, un balance social que recoja información sistematizada relativa a condiciones de trabajo y empleo, costo laboral y prestaciones sociales a cargo de la empresa. Varios autores coinciden en apoyar estos modelos denominados ¨triple balance¨ (Minaverry-Gally, 2013), con los que se recoge información financiera, social y medio ambiental de las organizaciones. Desde lo económico-financiero, se observan indicadores de desempeño económico-financieros que surgen de informes y/o dictamines y de la proyección de los flujos de caja; desde lo social, se observa la relación de las organizaciones con sus empleados, la comunidad en la cual actúan, los clientes, proveedores y otras organizaciones comunitarias, promoviendo el desarrollo sostenible del capital social y humano; y desde lo ambiental, se observa la interacción con su entorno posibilitando la conservación del capital ecológico como requisito inseparable de la sustentabilidad económico-financiera.

Asociando la RS en salud a la calidad, en busca de los mayores beneficios posibles de la atención médica con el menor riesgo para el paciente, interesante resulta analizar el trabajo realizado por Gómez Perdomo ¨ Modelo teórico de indicadores de responsabilidad social en salud¨ (2018), en el que incorpora objetivos sociales, medioambientales y económicos, a los objetivos tradicionales del servicio de salud pública como dimensiones de la estrategia de RS, en concordancia con las disciplinas de calidad. Definiendo de este modo, un conjunto de indicadores de RS que pueden utilizarse para medir la gestión ética y social responsable dentro del sector de la salud pública. Si bien como menciona el autor, ¨muchos investigadores están en la búsqueda de indicadores que clasifiquen una organización como socialmente responsable¨, en su trabajo, para regir las prácticas de RS se basa en los criterios anteriormente mencionados, definidos por la UNESCO en el artículo 14 de la “Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos” (2005), como principios guía.

A través de estos indicadores pueden medirse entonces los planes de acción en virtud de la RS de las organizaciones de salud pública, entendiendo que para el caso de las organizaciones de índole privada la dimensión social y económica puede analizarse en el plantel de empleados y sus entornos, mientras que la medio ambiental conserva su alcance de igual modo.

Podemos entonces concluir que la RS comienza a convertirse en una práctica esencial en las organizaciones de salud, más allá de su voluntariedad. El concepto radica en participar de una manera ética beneficiando la comunidad circundante en lo social, económico y ambiental. Entendiendo a su vez, que es una manera de operar sobre los determinantes sociales de la salud, circunstancias en que las personas nacen, crecen, viven, trabajan, se reproducen, envejecen y mueren, y dada la indiscutible relación entre medio ambiente y salud. Por otra parte, la demanda poblacional en estos tiempos valora cada vez más la actuación de las organizaciones de salud en términos de RS frente al entorno y la sociedad. Y la atención médica de calidad necesita involucrarse en estos aspectos con una adecuada gestión que logre resultados esperados.

 


Bibliografía.

Bergel, Salvador. ¨Responsabilidad social en salud¨. Rev. Red bioética/UNESCO. 2016. Disponible en: https://redbioetica.com.ar/responsabilidad-social-en-salud/

Gómez Perdomo, Danny Amado. ¨Modelo teórico de indicadores de responsabilidad social en salud¨. Rev. Pensamiento y acción interdisciplinaria, Vol. 4 Nº 1. 2018. Disponible en: http://revistapai.ucm.cl/article/view/309/284

Minaverry, Clara y Gally, Teresa. ¨Las normas voluntarias SA 8.000 e ISO 26.000 sobre responsabilidad social y su importancia ante la debilidad del derecho¨. Ars boni et aequi, Año 9 N° 2. 2013. Disponible en: http://www.derecho.uba.ar/investigacion/investigadores/publicaciones/minaverry-las-normas-voluntarias.pdf

Miranda Orrillo, Cristian. ¨La Salud es Responsabilidad social y no solo individual¨. Rev. de la Academia Peruana de Salud. 2014. Disponible en: https://sisbib.unmsm.edu.pe/BVRevistas/rev_academia/2014_n1/pdf/a11v21n1.pdf

Ortúzar María Graciela De. ¨Responsabilidad social vs. responsabilidad individual en salud¨. Rev. Bioética y Derecho. 2016. Disponible en: http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1886-58872016000100003

Terán Roseró y otros. ¨Análisis crítico de la responsabilidad social en entidades de salud¨. Rev. Cubana de Investigaciones Biomédicas, vol.36 no.1. 2017. Disponible en: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0864-03002017000100020

https://saludsindanio.org/americalatina/temas/cambio-climatico-salud-humana

https://saludsindanio.org/americalatina/temas/siete-claves-cambio-climatico

https://saludsindanio.org/americalatina/temas/red-global

 

 


Gabriela Perelló es arquitecta, graduada en la Universidad de Mendoza, Especialista en Docencia Universitaria y Planificación del Recurso Físico en Salud. Maestrando en Salud Pública en la UBA, con tesis en curso. Diplomada en Evaluación de calidad de las organizaciones de salud (ITAES-UCASAL) Profesional independiente en Arquitectura para la Salud en el ámbito privado y estatal, desarrollando proyecto y ejecución de obra de establecimientos sanitarios de diversa envergadura. Profesora Titular Arquitectura 5A y Asesora de Proyecto Final en Taller de Arquitectura para la Salud de la Universidad de Mendoza. Representante Regional Cuyo y Secretaria de AADAIH. Integrante del Registro de Expertos de CONEAU (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria) Con trabajos y artículos publicados en la especialidad, en revistas y libros sobre Arquitectura en Salud y Conferencista en Congresos de Argentina, Chile y Brasil.

 

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